La firma de referencia ha sido declarada en CONCURSO mediante Auto
Judicial publicado en el BOE de fecha 25
de Febrero de 2.017.
De conformidad con los artículos 21 y 23 de la nueva ley Concursal,
todos los Acreedores deben comunicar la existencia de sus créditos a la
ADMINISTRACIÓN CONCURSAL en el plazo
de un mes a contar desde la referida fecha de publicación. La
comunicación tardía, según su artículo 92, puede representar la inclusión del
crédito como subordinado, disminuyendo significativamente las posibilidades de
recuperación.