La
firma de referencia ha sido declarada en CONCURSO mediante Auto Judicial
publicado en el BOE de fecha 17 de Diciembre
de 2.014.
De
conformidad con los artículos 21 y 23 de la nueva ley Concursal, todos los
Acreedores deben comunicar la existencia de sus créditos a la ADMINISTRACIÓN
CONCURSAL en el plazo de un mes a
contar desde la referida fecha de publicación. La comunicación tardía,
según su artículo 92, puede representar la inclusión del crédito como
subordinado, disminuyendo significativamente las posibilidades de recuperación.